-CCOO celebra la sentencia que da la razón al comité de empresa y reconoce el derecho de las trabajadoras y trabajadores a percibir los complementos salariales establecidos en el convenio colectivo.
Para la Federación de Enseñanza de CCOO “esta medida fue cuando menos indecente y más cuando Ampros lo que debería hacer es luchar por dignificar las condiciones de las personas con discapacidad en lugar de incumplir sus derechos a la primera de cambio”. Es por eso que CCOO, ante la negativa de la empresa de reconducir la decisión, impulsó la demanda judicial en el seno del comité de empresa.
Ahora es el Juzgado de lo Social Nº4 el que, por sentencia, ha condenado a Ampros-Centro Especial de Empleo, declarando que no es absorbible el concepto de plus de actividad mínimo exigible con la subida del SMI.
Ampros, que es la Asociación Cántabra a favor de las Personas con Discapacidad Intelectual, cuenta con una plantilla de casi 250 personas desarrollando trabajos en su Centro Especial de Empleo ubicadas en los centros de Corbán y Guarnizo, o que trabajan bajo otras denominaciones como “depersonas”.
La Federación de Enseñanza de CCOO en Cantabria celebra esta decisión judicial y espera que la sentencia ponga fin a la pérdida de los derechos salariales de los trabajadores y trabajadoras de Ampros, y que la empresa recupere la senda de la legalidad abonando las cantidades salariales dejadas de percibir a lo largo de 2018. De no ser así la organización sindical ha anunciado una campaña de reclamaciones salariales individuales contra la Asociación.
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