Tres años y tres meses de prisión y diez años de alejamiento a un hombre que acuchilló en el cuello a otro
En el curso de una discusión, el acusado le estalló una copa en la cara y después le acometió con una navaja “apuñalándole con gran intensidad en el cuello” y afectando a la vena yugular
La Audiencia de Cantabria le considera autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, con la atenuante de reparación del daño y drogadicción
Santander, 19 de septiembre de 2019.- La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a tres años y tres meses de prisión a un hombre que en el curso de una discusión con otro le estalló una copa en la cara y a continuación le apuñaló “con gran intensidad en el cuello” dañándole la vena yugular.
En una sentencia que ya es firme, el tribunal considera al acusado autor de un delito de homicidio doloso en grado de tentativa y, además de condenarle a cárcel y al pago de una indemnización de 38.220 euros, le prohíbe acercarse o comunicar con la víctima durante un periodo de diez años.
A la hora de fijar la condena, la Audiencia ha considerado que concurren las circunstancias atenuantes de reparación del daño –el acusado ya ha indemnizado a la víctima con 6.000 euros- y de drogadicción –cuando sucedieron los hechos era consumidor de cocaína y alcohol de forma reiterada.
Según el relato de hechos, que tuvieron lugar en septiembre de 2017 en Santander, el acusado se encontraba en un establecimiento cuando inició una discusión con otro cliente del local.
En el curso de dicha discusión, el ahora condenado “llegó a estallar una copa en la cara” del otro hombre, “para a continuación acometerle con un arma blanca, apuñalándole con gran intensidad en el cuello, con clara intención de causarle la muerte, lo que no tuvo lugar por la inmediata intervención quirúrgica a la que fue sometido”.
Como consecuencia del acometimiento, la víctima sufrió “sección completa del músculo esternocleidomastoideo”, así como “desgarro de vena yugural interna” y “una pérdida masiva de sangre que de no haber sido atajada de forma urgente por los servicios médicos pudo haberle causado la muerte”.
Entiende el tribunal que estos hechos constituyen un delito de homicidio en grado de tentativa, dado que el acometimiento fue dirigido “a una zona tan sensible como es el rostro y el cuello de la víctima, lugar donde se albergan vasos sanguíneos vitales”.
Por todo ello, considera “adecuada” una pena de tres años y tres meses de prisión y, “vista la extrema gravedad de los hechos y la peligrosidad del procesado”, “resulta proporcionada y ajustada” la pena accesoria de diez años de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima.
La responsabilidad civil queda fijada en 3.220 euros por las lesiones y 35.000 euros por las secuelas, cantidades que el acusado debe abonar ala agredido; y en 6.892 euros a favor del Servicio Cántabro de Salud por la atención sanitaria prestada.
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