Tres años y medio de prisión por introducir droga en El Dueso a su regreso de un permiso penitenciario
-Fue sorprendido con 64 papelinas de cocaína y un trozo de cannabis de cinco gramos que llevaba ocultos en una cápsula introducida en el ano
Santander, 13 de enero de 2017.-
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a tres años y medio de cárcel a un interno de El Dueso que a su regreso de un permiso penitenciario pretendía introducir en el penal 64 papelinas de cocaína y un trozo de cannabis.
En una sentencia notificada recientemente, el tribunal condena al hombre por un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño, y además de la pena de cárcel le impone una multa de 3.207 euros, el valor de la droga en el mercado ilícito.
La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso.
Según declara probado la resolución, el interno, que cumple condena en El Dueso por robo, a su regreso de un permiso penitenciario fue sorprendido en el control de entrada portando 64 papelinas de cocaína con un peso de 55,61 gramos y un trozo de cannabis de 4,99 gramos que llevaba oculto en una cápsula introducida en su ano.
Durante el juicio, el acusado reconoció la posesión de la droga y afirmó que parte de la misma era para su consumo y el resto para otros compañeros.
Sin embargo, el tribunal considera que su intención era la de traficar, “teniendo en cuenta la variedad de las sustancias, su distribución en papelinas independientes y su condición de no consumidor”.
En este punto, señala la Audiencia que “de ser cierto el consumo de drogas, dicha circunstancia era muy fácil de probar mediante el análisis de sangre, de orina o de un mechón de pelo, incluso con el sometimiento previo a tratamiento de desintoxicación”.
Sin embargo, pese a que la defensa solicitó que el médico forense reconociera al acusado, éste se negó, y lo único aportado es un informe médico que acredita que se le han prescrito distintos medicamentos, que, según declaró el director del centro, tal prescripción responde a “otros motivos médicos”.
“Ante esta situación no puede construirse la tesis propuesta por el acusado en relación a su ánimo respecto de la droga que portaba, ayuna de toda prueba, no hay autoconsumo ni consumo compartido, siendo el único destino posible su distribución a terceras personas”, concluye el tribunal.
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