Trabajo tramita más del 50% de los ERTE presentados, que se reducen a 7.090
-Se estabiliza el número de expedientes presentados y los últimos registros se corresponden a anotaciones y subsanaciones
Santander – 29.04.2020.- La Dirección General de Trabajo del Gobierno de Cantabria ha informado de que están en proceso de tramitación algo más del 50% de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) presentados hasta el momento en la Comunidad Autónoma, que ascienden a un total de 7.090.
La cifra de ERTE se ha vuelto a corregir a la baja con relación a los datos de la semana anterior como consecuencia del propio procedimiento que, conforme avanza en la gestión, va verificando y ajustando los datos estadísticos.
Así, se presentan muy pocos expedientes nuevos, correspondiendo los últimos registros a subsanaciones, anotaciones, decisiones finales de la empresa, modificaciones, renuncias, desistimientos o solicitudes de certificaciones a los expedientes ya presentados con anterioridad.
A fecha de hoy, son 3.595 los ERTE que ya están siendo tramitados, que afectan a aproximadamente 21.099 personas y que se desglosan de la siguiente forma: un 93% -3.343- por causas de fuerza mayor y el 7% restante -252- por motivos organizativos, productivos o económicos.
Los expedientes por causas organizativas, productivas y económicas se han ido presentando principalmente en fechas más recientes, con lo cual se va incrementando levemente este porcentaje, aunque siguen siendo minoritarios.
En cuanto al número de trabajadores afectados, con este volumen de gestión se puede establecer una media aproximada de 5-6 personas trabajadoras por empresa. De este modo, proyectando estos datos al volumen total de expedientes presentados, a modo de estimación y con las cautelas razonables, se verían afectados entre 40.000 y 45.000 personas trabajadoras en Cantabria.
Por sectores, hostelería, alojamientos turísticos y pequeño comercio representan más del 40% de los expedientes totales registrados. También cabe destacar el resto de negocios que tuvieron que cerrar con la entrada en vigor del estado de alarma, como son actividades enseñanza, actividades deportivas, peluquerías y estética, centros de fisioterapia, talleres de reparación o clínicas dentales. Por tanto, el mayor porcentaje se corresponde con personas autónomas y pymes.
De todos los expedientes, Trabajo ha resuelto y comunicado 2.870 (el 40 %), con resolución expresa por parte de la autoridad laboral.
El director general de Trabajo, Gustavo García, ha recordado que no es necesario aguardar a la resolución del expediente para que la empresa pueda solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal la tramitación de las prestaciones de desempleo de las personas afectadas, que, según ha subrayado, “no tienen que hacer ningún trámite”. “Será la empresa en colaboración con el SEPE quien se encargará de la gestión”, ha subrayado.
Todos los trabajadores beneficiarios de una prestación van a recibir un correo electrónico del Servicio de Empleo Estatal (SEPE), en el caso de que hayan incluido este dato en el expediente. Si solo aparece el teléfono móvil, va a ser el Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN) quien está enviando un SMS a los beneficiados informándoles de la aprobación de prestaciones.
Medidas económicas
Para complementar los ERTE, el Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales, ha creado y dotado con 7 millones de euros un nuevo programa de ayudas para paliar la situación económica y la reducción de ingresos de las personas trabajadoras con rentas más bajas, complementando la prestación estatal reconocida en el contexto de la declaración del estado de alarma motivado por la pandemia global de COVID-19.
Esta medida, que forma parte del Acuerdo del Diálogo Social ante el COVID-19, consistirá en una ayuda de 200 euros por persona y mes completo de suspensión, que se abonará de menor a mayor base reguladora de la prestación por desempleo hasta agotar la dotación prevista.
Además, junto a la flexibilización de los ERTE, que es una medida dirigida al mantenimiento de los puestos de trabajo, el Gobierno de España ha aprobado disposiciones para facilitar la adaptación de la jornada laboral y el teletrabajo siempre que ello sea posible.
También ha puesto en marcha una batería de medidas para reducir el impacto de la crisis en las empresas y las familias, como es el aplazamiento del pago de impuestos para las pymes, la bonificación de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores afectados por los ERTE y una línea de avales para empresas y autónomos con el fin de salvaguardar su liquidez, entre otras medidas.
Ayudas que suponen 21.000 millones de euros (el 1,7% del PIB), además de una línea de avales de hasta 100.000 millones o la moratoria para deudores hipotecarios.
Procedimiento
Toda la información sobre trámites y procedimientos está a disposición de las empresas en la página web de la Dirección de Trabajo (www.dgte.cantabria.es). La empresa que quiere acogerse a un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) presenta la documentación bien a través de Registro Electrónico Común del Gobierno de Cantabria-Relaciones Laborales, bien a través del SIR (Sistema Interconectado de Registro) o en el registro físico del Gobierno en su sede de Peña Herbosa.
A partir de este momento, el personal de la administración descarga una a una cada solicitud, se le asigna un número de expediente y se procede a su ‘apertura’ esto es, la lectura y valoración de la documentación que acompaña a la solicitud y su posterior resolución, que incluye la comunicación oficial a la empresa, al SEPE y al Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN).
Vuelta a la actividad
El Servicio de Empleo Estatal (SEPE), que es el encargado de pagar la prestación, ha publicado en el espacio COVID-19 de su web −www.sepe.es − la guía y plantilla para que las empresas puedan comunicar la paulatina incorporación de sus trabajadores a la producción, a medida que vaya reactivándose la economía, así como la plantilla y guía para comunicar la finalización del ERTE.
Este es un trámite que realiza la empresa o su gestoría, por lo que los trabajadores, una vez que conozcan la fecha en que retornan a su actividad laboral, deben entender que su prestación queda interrumpida desde ese momento, sin necesidad de dirigirse al SEPE directamente.
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