Prisión y multa para un funcionario que cobraba comisiones por gestionar ayudas a ganaderos y agricultores
La Audiencia Provincial de Cantabria condenará a dos años de prisión, cinco de inhabilitación para empleo o cargo público y multa de 3.000 euros a un funcionario, responsable de una oficina comarcal de la zona central de Cantabria, por cobrar comisiones a ganaderos y agricultores por la tramitación de ayudas.
En una vista celebrada esta mañana, el acusado se ha conformado con la condena por un delito continuado de cohecho y ha reconocido que desde el año 2003 hasta 2011 cobró una comisión bajo pretexto de que la tramitación de los expedientes era “complicada” y le suponía “un sobreesfuerzo laboral”.
Según relata el escrito del fiscal, que se reproducirá en la sentencia al tratarse de una conformidad, el ahora condenado “se aprovechaba conscientemente bien de la edad de los solicitantes o de su desconocimiento absoluto del procedimiento y del temor racional de los afectados de que no aceptar la reclamación económica les podría suponer la pérdida de las ayuntas económicas”.
A lo largo de los años, el funcionario, que era técnico de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y responsable de la Oficina Comarcal de Toranzo, solicitó a distintos agricultores y ganaderos compensaciones de alrededor de 3.000 euros –en el caso de los expedientes de primera instalación- o de unas cuatro mensualidades –cuando se tramitaba el ceses anticipado de actividad.
En una ocasión, tramitado el expediente y concedida la ayuda, el solicitante falleció y el acusado acudió al puesto de trabajo de la hija de aquel a reclamarle la compensación por el trabajo realizado. No consta que recibiera cantidad alguna.
La suma de las cantidades recibidas indebidamente asciende a 15.886 euros, montante que el acusado ya ha consignado judicialmente y que le ha permitido atenuar su condena, al concurrir la circunstancia de reparación del daño. Esas cuantías se entregarán a los cuantificados en ejecución de sentencia.
Además, también se ha tenido en cuenta la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.
La sentencia, que se dictará en los próximos días en los términos fijados hoy en la conformidad, es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.
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