Más de siete años de prisión por robar en viviendas de Santander
En su domicilio se localizaron herramientas para romper bombines y diversos efectos robados, y la señal de sus teléfonos móviles fue localizada en la zona donde se produjeron los atracos
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un hombre a cuatro años de prisión y a su pareja a tres años y siete meses de cárcel por un delito continuado de robo con fuerza en casa habitada, al considerarles autores de varios atracos perpetrados en Santander entre los años 2013 y 2014.
Según relata la sentencia, reventaban las cerraduras y accedían a las viviendas, de las que sustraían joyas, relojes y otros objetos de valor. Los robos se produjeron en las calles Aurelio Espinosa, Libertad, Luis Quintanilla Isasi y Alfredo Pérez Guillén de Santander.
El tribunal ha considerado probado que son los autores de tales hechos ya que en su domicilio se hallaron herramientas aptas para reventar bombines: un pico de loro y unos alicates de gran tamaño.
Además, en el registro de la casa de los acusados también se encontraron efectos robados en las citadas viviendas, algunos de ellos en el interior de un paquete que iba a ser enviado al extranjero y en cuyo remite aparecía la acusada.
Junto a tales indicios, la Audiencia añade que la señal de sus teléfonos móviles fue localizada en la zona donde se produjeron los robos que ahora se les atribuyen.
A ello se suma el testimonio de un policía, que afirma haber visto a dos personas en una zona próxima a una de las viviendas robadas cuya actitud le infundió sospechas. Según relató el agente, que en esa fecha no se encontraba de servicio, la pareja abandonó el lugar en un vehículo, cuyas características se corresponden con el coche que conduce habitualmente la acusada.
Todos esos indicios llevan a la Audiencia a condenar a los dos acusados, que deberán indemnizar por los efectos sustraídos y los daños ocasionados en las puertas de acceso a las viviendas.
En el juicio, celebrado el pasado mes de abril, también se les acusaba de dos robos más, se incriminaba a una tercera persona por vender joyas sustraídas en los citados robos conociendo su origen ilícito y se atribuía a todos ellos el delito de pertenencia a grupo criminal.
Sin embargo, estos extremos no han sido probados.
Fundadas sospechas pero indicios insuficientes
La sentencia de la Audiencia Provincial condena al hombre a cuatro años de cárcel y a la mujer a tres años y siete meses, y es que considera que aquél fue el autor de cuatro robos mientras que la mujer lo fue de dos.
Además, les absuelve de otros dos robos en dos viviendas de la Bajada de San Juan.
“La sala, aún teniendo fundadas sospechas de que pudieran ser ellos los autores de estos robos, considera que los indicios que constan acreditados no son suficientes”, señala en la sentencia.
En este sentido, señala que si bien disponían de herramientas aptas para reventar cerraduras y varios efectos robados fueron hallados en posesión de los acusados, “falta la acreditación de un enlace que de modo directo e indefectible determine que fueron ellos los autores”.
“No hay prueba ninguna de su presencia en el lugar de los hechos en la fecha de ocurrencia de estos”, añade la Audiencia.
Por otro lado, señala la sentencia que tampoco ha quedado probado que la tercera persona acusada de receptación cometiera tal delito. Afirma que no consta que las joyas vendidas por la acusada “tuvieran ilícita procedencia, ni mucho menos aún que fueran producto de los robos objetos de la presente causa”.
Finalmente, concluye la Audiencia que “no ha habido prueba suficiente” de pertenencia a grupo criminal, y es que la ley exige la concurrencia de más de dos personas con la finalidad de cometer delitos concertadamente.
En este caso, “no ha habido prueba suficiente de que sean más de dos personas las que se hayan unido para cometer concertadamente delitos de robo con fuerza generalmente en casas habitadas”, finaliza.
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