El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha vuelto a dar la razón a la Asociación de Empresarios de Hosteleria (AEHC) en dos nuevas sentencias sobre resoluciones de restricciones por COVID-19 firmadas por el anterior consejero de Sanidad Miguel Rodríguez.
En la primera de ellas se anula la Resolución del Consejero de Sanidad que establecían la limitación de horario de cierre al Ocio Nocturno en niveles de riesgo 1 y 2.
En la segunda, anula el Anexo de poblaciones en el que se asignaban los niveles de riesgo de cada una de ellas, más conocido como semáforo.
Desde la Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria manifiestan que estas dos sentencias, más las dictadas con anterioridad, confirman que el Consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez, «no tenía competencia para dictar disposiciones generales dirigidas a la totalidad de la población de Cantabria en materia de derechos y libertades entre los que se encuentra el ejercicio de la actividad empresarial y por tanto todas las Resoluciones del Consejero en materia Covid, entendemos que son nulas».
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