La mascarilla es obligatoria a partir del jueves
-En la imagen, personas que cumplen las normas por el Estado de Alarma por coronavirus COVID-19
-Multas a partir de 600 euros por no llevar la mascarilla
-La mascarilla será obligatoria a partir de los 6 años, con excepciones para personas con dificultades respiratorias
Las escenas de terrazas repletas de gente sin mascarillas, que se han podido ver en Cantabria y en otras zonas de España desde que el lunes 11 de mayo comenzase la Fase 1 de la desescalada, parece que han pasado factura, en forma de normativa.
Así, el Gobierno de España ha decidido hacer obligatorio el uso de la mascarilla a partir de los seis años, en la vía pública siempre que no sea posible mantener una distancia interpersonal de al menos dos metros. La norma se aplica a partir del jueves 21 de mayo.
Sanciones
Las sanciones por no llevar la mascarilla en el transporte público están fijadas entre los 601 y los 30.000 euros, aunque en la inmensa mayoría de los casos se impone la cifra más baja.
Ahora, a partir del jueves 21 de mayo también es obligatorio llevar mascarilla en los espacios públicos y espacios cerrados donde no se pueda guardar la distancia de dos metros entre personas, por lo que resulta bastante claro que las personas sentadas en la mesa de una terraza de un local de hostelería deben llevar la mascarilla.
Los agentes que imponen multas por no llevar mascarilla en el transporte público están aplicando el artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana, más conocida como «Ley Mordaza», que establece que «la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación» consideradas como infracciones graves que conllevan multas que oscilan entre los 601 y los 30.000 euros.
Excepciones
No están obligadas a llevar mascarilla las personas con dificultad respiratoria que se pueda ver agravada si se utilizan, cuando esté contraindicada por motivos de salud justificados y las personas dependientes o con discapacidad con alteraciones de conducta que hagan inviable su uso.
Las mascarillas que deberán usar los ciudadanos serán las quirúrgicas o higiénicas, no se recomienda para la población general las mascarillas FFP2.
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