Igualatorio Cantabria niega vulnerar el derecho a la información de los socios y lo achaca a un «error formal»
-Varios socios de la entidad denuncian una situación «desleal y absolutista» en Igualatorio Médico Quirúrgico Colegial de Seguros, S. A.
-Una sentencia dicta que Igualatorio Cantabria ha vulnerado el artículo 272.2 recogido en la Ley de Sociedades de Capital (LSC)
-Igualatorio «respeta pero no comparte» la sentencia y achaca a un «error formal» la entrega retrasada de la información solicitada por los socios
Varios socios de Igualatorio Médico Quirúrgico Colegial de Seguros, S. A. (Igualatorio Cantabria), han obtenido en fecha 22 de julio de 2016 una sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria, en la que se estima parcialmente su recurso contra otra sentencia anterior, y se reconoce que Igualatorio Cantabria vulneró el derecho de información de, al menos, uno de los denunciantes.
El artículo vulnerado por la demandada es el Artículo 272.2 recogido en la Ley de Sociedades de Capital (LSC). En este sentido, la empresa Igualatorio Cantabria ha declarado que «respeta pero no comparte» la sentencia.
En el fallo judicial, que no es firme, se afirma que en sociedades en las que existe una ‘situación de conflicto o contraposición de opiniones’ entre accionistas o en las que los socios pretender hacer uso de su derecho y tener una participación activa, ‘resulta preciso que se cumplan de manera estricta las exigencias legales vinculadas con el derecho de información entre las que se encuentran las que nos ocupan y su vulneración es motivo de nulidad’.
Los magistrados no aprecian mala fe en la conducta de la demandada
Los magistrados afirman en la sentencia que «no apreciamos mala fe en la conducta de la demandada». Por su parte, Igualatorio Cantabria niega que «en ningún caso» ha vulnerado el derecho a la información de los socios y, en declaraciones a CANTABRIA DIARIO, achaca el retraso en la entrega de la documentación solicitada a un «error formal».
«Muy lamentable la situación en que nos encontramos desde hace ya demasiados años; malacostumbrados los gestores del Igualatorio a ejercer su función de manera presuntamente desleal y absolutista no admiten que los accionistas podamos ser críticos con su gestión y se nos niega la información que solicitamos en el uso legítimo de nuestro derecho aumentando así nuestra desconfianza y nuestras sospechas de que algo hay cuando se actúa con tanto oscurantismo y falta de transparencia», opina la denunciante.
Contra esta Sentencia de la Sección 4 de la Audiencia Provincial cabe interponer recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal, en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación.
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