El TSJC desestima el recurso contra el plan de estudios de enfermería
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha confirmado en una sentencia notificada recientemente el plan de estudios de Graduados de Enfermería de la Universidad de Cantabria, aprobado en abril de 2013.
La Sala ha desestimado el recurso presentado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España, que se oponía al plan de estudios de la universidad cántabra por «contener una formación clínica insuficiente a todas luces» y porque no incluía entre las materias previstas la de Radiología, «razón por la que resultaría nulo de pleno derecho», según informa el TSJC en un comunicado.
Explicaba el Consejo de Enfermería en su recurso que la regulación del título de Graduado en Enfermería consecuencia del Acuerdo de Bolonia exige incluir la Radiología.
Por su parte, la Universidad de Cantabria se opuso a esta afirmación. Según explicó en sus alegaciones, la Radiología está concebida «con carácter transversal», ya que se estudia en las asignaturas de Enfermería Clínica I, Enfermería Clínica II y Enfermería Clínica III bajo la consideración de «exploraciones complementarias de apoyo diagnósticas».
Planteados los presupuestos de las partes, la Sala entra a valorar el recurso y señala, en primer lugar, que «en cuanto a la afirmación de formación clínica insuficiente a todas luces, la ausencia de desarrollo de dicho motivo, al que no dedica ni una línea, impide que pueda ser apreciado por la Sala cuando, tanto la lectura del plan como la contestación a la demanda explican dónde se concentra esta formación que se vislumbra como, al menos, aparentemente suficiente».
Según explica el tribunal, el recurso del Consejo de Enfermería «se centra en su totalidad» en el segundo de los motivos, esto es, en la no aparición de la asignatura de Radiología.
En este sentido, señala la Sala que el recurso omite que la normativa vigente «al hacer referencia al contenido obligatorio de las materias (que no asignaturas) que debe contener como mínimo el programa de estudios necesarios para obtener el título de formación de enfermero responsable de cuidados generales establece expresamente que la enseñanza de una o varias de esas materias podrá impartirse en el marco de las otras disciplinas o en conexión con ellas».
Así pues, la Sala considera que «habiéndose explicado en qué asignaturas se incluye el estudio de la Radiología como materia transversal no quepa sino la íntegra desestimación del recurso».
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