Dos condenados a diez y ocho años de prisión por robos con violencia perpetrados en solo un día
-Robaron el coche a una mujer amenazándola con un arma en el cuello en Los Corrales de Buelna, se apoderaron de un bolso al tirón en Pola de Lena y lo intentaron sin éxito en Burgos
Santander, 7 de junio de 2018.-
La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la condena a dos hombres por la comisión de varios delitos de robo con violencia en un solo día que perpetraron después de apoderarse de un vehículo en Los Corrales de Buelna que estaba ocupado por su propietaria, a la que amenazaron con un objeto punzante en el cuello.
El Juzgado de lo Penal nº 3 les consideró a autores de un delito de robo de uso de vehículos con violencia e intimidación y uso de medios peligrosos, otro de robo con violencia en grado de tentativa y otro más de robo con violencia.
Además, uno de ellos también fue condenado por un cuarto delito de robo con violencia, en el que no se ha podido acreditar la coautoría del otro acusado.
En ambos casos, la magistrada entendió que debía aplicarse la circunstancia agravante de reincidencia –ambos cuentan con condenas anteriores por robo con violencia- y la atenuante de drogadicción.
Ahora, en una sentencia que ya es firme, la Audiencia confirma las condenas y desestima los recursos presentados por los dos hombres: uno alegaba no encontrarse en condiciones por la ingesta de droga y alcohol, y el otro negaba su participación en los hechos.
El tribunal considera en su sentencia de apelación que las penas impuestas son “adecuadas y proporcionadas a la vista de la entidad y gravedad de los hechos”.
Recorrieron 1.200 kilómetros
Según el relato de hechos, a primera hora de la mañana del 20 de octubre de 2016 ambos acusados se encontraban en Los Corrales de Buelna (Cantabria) cuando se dirigieron a un vehículo que estaba ocupado por su propietaria.
Entonces, le colocaron un objeto punzante en el cuello y la arrastraron fuera del coche, tirándola al suelo.
Una vez dentro del vehículo, los dos hombres se dirigieron a Asturias, donde, sobre las tres y media de la tarde, se apoderaron por el método del tirón del bolso que llevaba una mujer de 83 años.
Más tarde, condujeron hasta Burgos y en torno a las siete de la tarde trataron de arrebatarle el bolso a una mujer de 75 años, a la que tiraron al suelo. Sin embargo, no lograron su propósito por la resistencia que ofreció la mujer, que sufrió una contusión en el costado.
Un día más tarde, el vehículo fue localizado en Los Corrales de Buelna y los dos hombres había recorrido unos 1.200 kilómetros.
Además, uno de los acusados también ha sido condenado por arrebatarle el móvil a un hombre en Los Corrales de Buelna, minutos antes de la sustracción del vehículo.
Por estos hechos, uno de los acusados ha sido condenado a ocho años y cuatro meses de cárcel, mientras que el otro –el que además robó el móvil- tendrá que cumplir diez años y dos meses de prisión.
Burdo modus operandi
En sus recursos, los dos acusados pedían al tribunal de apelación un pronunciamiento absolutorio, pretensiones que no han prosperado.
Uno de ellos señala en su recurso que “el burdo modus operandi revela que cuando cometió los hechos se encontraba influido por las drogas y el alcohol que había consumido antes y durante la jornada en que los hechos fueron cometidos, estado que le impedía comprender la ilicitud del hecho”.
Sin embargo, la Audiencia señala en su sentencia que “admitido el consumo de alcohol y drogas –se les aplica la atenuante de drogadicción-, no se ha probado una anulación o perturbación importante de sus facultades volitivas o intelectivas”.
“Los hechos delictivos se cometieron a lo largo de una jornada y en diferentes localidades”, y las cámaras de seguridad de dos gasolineras en las que pararon “reflejan que se encontraba en buen estado físico” y que “la conducción era normal”.
“La forma de actuar revela que era consciente de lo que hacía, controlaba sus actos y desde que robó el vehículo actuó conforme a un plan preconcebido con el mismo modus operandi”, apostilla el tribunal.
Por su parte, el otro hombre negaba su participación en los hechos. Sin embargo, la sentencia señala que ha quedado acreditado que los dos acusados cometieron los hechos, y explica cómo el perfil genético de ambos se encontraba en el volante, en el cambio de marchas y en el freno de mano, “lo que corrobora la intervención de ambos acusados en los hechos enjuiciados”.
En esta línea, explica la Audiencia en otro momento cómo el primero de los acusados “no iba solo, sino acompañado de una segunda persona que le facilitaba la comisión de los delitos con rápidas huidas tras aprovechar el factor sorpresa, pudiendo incluso turnarse para descansar conduciendo indistintamente ambos”.
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