El director de CANTABRIA DIARIO gana el juicio contra Caja Cantabria por una «abusiva» cláusula suelo
- El periodista anima a los clientes perjudicados por preferentes, cláusulas suelo y otras «malas prácticas» bancarias a demandar a la entidad para frenar los «abusos» bancarios
- La cláusula suelo del contrato hipotecario es declarada nula por su carácter abusivo
- El magistrado estima íntegramente la demanda e impone las costas a Caja Cantabria
Nuevo varapalo judicial a Caja Cantabria (Liberbank), en esta ocasión con la declaración de nulidad «por tener el carácter de abusiva» sobre una cláusula suelo de un contrato hipotecario firmado por el periodista David Laguillo -director de los periódicos digitales CANTABRIA DIARIO y ESTORRELAVEGA- el 3 de diciembre de 2009.
El magistrado Carlos Martínez de Marigorta, del Juzgado Mercantil número 1 de Santander, considera, en sentencia con fecha del 9 de mayo, que existe ‘abusividad’ al respecto de la cláusula suelo del citado contrato hipotecario, que impone un interés de pago mínimo aunque baje el índice de referencia -el Euríbor- impidiendo que las cuotas hipotecarias sean menores aunque el Euríbor caiga, una tendencia que se prevé a la baja durante varios años.
Además, según el juez no existe prueba de que por parte del director de la sucursal bancaria se hubieran realizado previsiones de distintos escenarios de posibles comportamientos del Euríbor, ni como se ha visto, el coste comparativo con otras modalidades de préstamo.
Tampoco consta, a juicio del magistrado, que se hubiera informado al cliente sobre previsión de escenario de evolución y reparto de riesgos porque vista la fecha de la firma del préstamo hipotecario «en el mismo momento de la firma ya hubiera operado la limitación suelo a la variabilidad del interés».
«No hay tampoco prueba -sigue la sentencia- de haber informado del coste comparativo de asegurar la variación el tipo de interés en relación con la evolución posible del índice para el que pudiera contratarse la cobertura, con otras modalidades de préstamo».
El magistrado cuestiona al testigo presentado por Caja Cantabria por su vinculación laboral e interés en el asunto
En cuanto a la intervención del director de la sucursal, Leopoldo Quintana Abascal, el magistrado considera que, pese a haber sido admitida como testifical, condición en la que también ha de tenerse presente la ‘vinculación laboral e interés en el asunto’, «considero que su valor y naturaleza es más propia de la declaración de parte que la de un testigo objetivo y extraño».
«De hecho -prosigue el texto- en ningún caso la declaración del representante legal de la entidad demandada resultaría fructífera, ya que la persona que interviene directamente en los hechos y los conoce es en este caso, el citado director, cuya declaración únicamente habría de practicarse como testigo en caso de que «ya no formara parte» de la entidad o persona jurídica».
También cuestiona la citación como testigo de la notaria de la firma de la operación hipotecaria, que «sin explicación alguna no ha comparecido a la vista a la que fue citada».
El juez estima íntegramente la demanda y declara la nulidad de la cláusula techo-suelo contenida en la cláusula tercera bis del contrato suscrito entre las partes el 3 de diciembre de 2009 por tener el «carácter de abusiva, quedando en consecuencia sin efecto», con imposición de costas a Liberbank.
El periodista David Laguillo ha valorado positivamente la sentencia y ha animado a todos los clientes perjudicados por participaciones preferentes, cláusulas suelo y otras «malas prácticas» bancarias a demandar a la entidad para reclamar sus derechos ante los «abusos generalizados» de la banca, afirma.
La resolución no es firme y Liberbank puede recurrir en un plazo de veinte días.
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